miércoles, 23 de septiembre de 2009

ENTREVISTA PUBLICADA POR EL DIARIO "EXPRESO"

LA REFORMA DEBE EMPEZAR POR MEJORAR LA CALIDAD DE VIDA DEL PERSONAL Y LA FAMILIA POLICIAL
Mucho se viene diciendo sobre las reformas en la Fuerza Armada y de la Policía Nacional, sin que hasta ahora se formulen propuestas sostenibles y reales, que no le generen un déficit mayor al Estado, pero que tengan por finalidad una reforma sustancial que contribuya al mejoramiento de su calidad de vida.
Ante ello, sostuvimos una entrevista con el reconocido especialista en derecho policial doctor JUAN JOSE SANTIVÁÑEZ ANTÚNEZ, quien formulando propuestas sumamente interesantes sostiene que no es necesario que el Estado asuma directamente el costo de esta mejora, sino que esta debe empezar por una adecuada toma de decisiones que puedan satisfacerla . Entre los ámbitos propuestos destacan:
EN LO REFERENTE A LA INSTITUCIÓN POLICIAL.-
- Ámbito organizativo; estableciendo los parámetros de un proyecto estratégico con planes operativos a corto, mediano y largo plazo. Este ámbito de organización permite obtener mejores resultados de la gestión que desarrollaría la Policía Nacional, determinando las necesidades para el correcto desenvolvimiento y, a su vez, identificando incluso las áreas comprometidas, y también aquellas en donde será necesaria la variación de planes estratégicos de desarrollo. Es decir, a través del perfeccionamiento del ámbito organizativo, podremos determinar, incluso, la producción en materia laboral – principalmente en el trabajo de las unidades operativas prestadoras de servicios directamente ligados a la colectividad, como las comisarías - la falta o ineficiencia de esta, la identificación de requerimientos y en donde se deben atender primeramente, permitiendo coadyuvar al cumplimiento del segundo ámbito fundamental que proponemos, la funcionalidad.
- Ámbito Funcional. Programas de mejoramiento logístico; resultando prioritaria la modernización de equipamiento y el aparato logístico para enfrentar la problemática de la seguridad ciudadana. Pero para esta modernización no basta pues la compra de patrulleros. ¿De que le sirve a un efectivo movilizarse en una 4 x 4 cuando, para enfrentar la delincuencia tiene un revolver de seis cartuchos? Ahora bien, dentro del ámbito de la funcionalidad se encuentra la redefinición de lo que constituye la función policial. La función de policía del Estado es la de velar por el cumplimiento de las normas que este dicta en concordancia con el orden social, salvaguardando los intereses y los derechos de los ciudadanos que la conforman por lo que, es empleo policial, la que desempeñan los efectivos para el mejoramiento de la vida en común a través de mecanismos idóneos que promuevan la seguridad, que garantice a otros la ejecución de sus propias libertades y derechos. La falta de esta traería consigo el desorden y el caos en las relaciones humanas por lo que podríamos sostener que, a una organización policial con un claro ámbito funcional, mayor seguridad y desarrollo social.
- Ámbito de personal, preparación y empleo. Programas de Reasignación de Recursos; es decir, la capacitación que debe primar en los efectivos policiales de tal manera que esta se desarrolle paralelamente con los principios que sustentan el Estado de Derecho y que coadyuven a la realización de su ámbito funcional. Por un lado, la preocupación por parte de los órganos de gestión del más alto nivel, con respecto al mejoramiento y adaptación del personal en el medio en el cual desarrollan sus actividades, generaría una mayor sensibilización de estos con los problemas sociales. Respecto de ello queremos formular un breve comentario. No podemos pretender que el personal que durante la década de los noventa prestó servicios en las Zonas de Emergencia – como son denominadas las zonas de enfrentamiento con los miembros terroristas – sean destinados a prestar servicios en las dependencias policiales – en donde la relación interpersonal con la población es mas exclusiva - si es que antes no han sido asistidos a través de un proceso de readaptación social. La problemática vecinal no tiene la magnitud de aquella que se suscita en aquellas zonas en donde no existe mayor respeto por la ley. Por otro lado, es necesaria la implementación de un programa de asignación de recursos adecuado de manera tal, que la institución destine a los efectivos policiales debidamente especializados en áreas en donde puedan proporcionar mayores beneficios a la comunidad a la que sirven. Por referir un ejemplo, existen policías que cuentan con mas de una carrera profesional especializada que podría coadyuvar a la implementación de programas sociales destinados a combatir la delincuencia y/o contar con un aparato administrativo que sea el soporte del aparato funcional institucional. Así, si tengo un área especializada en el tratamiento del menor y la problemática juvenil, debo preferir la prestación de servicios de Oficiales y personal subalterno que cuenten con estudios universitarios y/o técnicos en psicología, psiquiatría, asistencia social y derecho. Igualmente, si requiero contar con efectivos capacitados para una labor operativa, debo destinar personal idóneo para la prestación de estos servicios. En la realidad, cuando visitamos determinadas áreas eminentemente administrativas, en las dependencias policiales podemos advertir que cerca del 30% al 50% de su personal no supera los 40 años de edad, cuando dichas labores podrían ser perfectamente ejecutadas por personal cuya efectividad persuasiva no signifique imprescindible, necesaria o que resulte insuficiente, ya sea por la edad o por adolecer de alguna discapacidad. Es necesario que el mejoramiento material vaya acompañado del perfeccionamiento personal pues nos permitirá hacer una correcta reasignación de recursos que contribuya, principalmente, con su objetivo institucional como la preservación del orden y la ley, y finalmente, con su desarrollo institucional.
- Ámbito Disciplinario; que no es otra cosa que contar con un marco jurídico que garantice el respeto de los procedimientos internos hacia la Constitución y las leyes vigentes. Si bien es cierto, la calidad de efectivo policial restringe a la persona en el goce de determinados derechos – principalmente sociales y políticos – ello no significa que no pueda exigirse el respeto de las prerrogativas que la Constitución otorga a cada ciudadano, en su calidad de persona humana. Existe la necesidad de que las leyes y reglamentos de la Policía Nacional del Perú y, en general, de las Fuerzas Armadas, no sean bloques aislados de la Constitución Política del Estado, tampoco quiere decir que el régimen disciplinario militar y policial esté exento de un tratamiento singular, derivado no sólo de la referencia explícita a que las leyes y reglamentos respectivos normen la disciplina de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, sino, fundamentalmente, de los principios especiales a los que están sujetos. Y es que el mantenimiento de la disciplina – pilar fundamental de organización interna - en las relaciones de subordinación y supraordenación de una institución jerárquicamente militarizada - impone que los derechos de sus miembros deban sujetarse a determinadas singularidades.
- Planteamiento de Objetivos; que se identifica con los proyectos institucionales para el fortalecimiento de las funciones que la ley establece para la institución policial, y para los que forman parte de ellas. El planteamiento de objetivos tiene que ir acompañado pues con planes programáticos, estratégicos, funcionales y económicos. Esto puesto que, ningún plan de objetivos funciona sin el establecimiento de una meta en un tiempo determinado. No teniendo estas consideraciones – tiempo, meta, función y economía – simplemente nos referiremos a ideas o sueños que se quieren alcanzar. Es necesario que el planteamiento de objetivos sea programáticos puesto que la meta será consecuencia de tracto sucesivo de acciones que sigan un programa, en un tiempo determinado, debiéndose establecer plazos; es estratégico, por que necesariamente el planteamiento de objetivos tiene que dirigirse a una meta ideal, con la ejecución de planes de desarrollo; es funcional, por que tiene que tener un fin en provecho de la sociedad, debe ser utilizable, además de ser práctico en su ejecución; y económico, por que todo objetivo requiere de una inversión necesaria.
EN LO REFERENTE A LA CALIDAD DE VIDA DEL PERSONAL.-

- Exoneración tributaria para satisfacción de necesidades primarias; es decir, si bien es cierto no existe capital suficiente para incrementar los salarios del personal policial, se pueden adoptar medidas tributarias con la finalidad de dar mayor poder adquisitivo al salario que perciben. Esto sería posible con la promulgación de una ley que permita a los efectivos policiales la adquisición de bienes y contratación de servicios al valor costo, sin que se vean incrementados con la aplicación del IGV. De esta forma, como primera intención, no se les incrementa el monto de sus remuneraciones, pero se le otorga un mayor poder para adquirir productos de primera necesidad, claro esta con limitaciones para cubrir la canasta familiar.

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